Que hacer si ICE llega a su casa

Avatar Abelina Tavera | June 21, 2019 137 Views 0 Likes 0 Ratings

137 Views 0 Ratings Rate it

AILA recuerda que todas las personas viviendo dentro de Estados Unidos, incluyendo a inmigrantes indocumentados, tienen ciertos derechos según la Constitución. Si usted es indocumentado y agentes de ICE tocan la puerta, sepa que tiene los siguientes derechos:

·  No abra la puerta. Usted no tiene que abrir la puerta o dejar entrar a su hogar a los agentes de ICE, a menos que tengan una orden judicial válida y firmada por un juez.

· Una orden de deportación de ICE no es igual a una orden judicial. Si la orden de deportación es el único documento que tienen, ICE no puede entrar legalmente a su casa a menos que usted de consentimiento para entrar.

· Si los agentes dicen que tienen una orden judicial firmada por un juez, pida que la pasen por debajo de la puerta o que se la demuestren por la ventana para que usted la vea.

· Si su nombre y dirección están incorrectos en la orden judicial y no está firmada por un juez, no abra la puerta ni deje entrar a los agentes.

· Si en algún momento usted decide hablar con los agentes, usted no tiene que abrir la puerta para hacerlo. Puede hablar con ellos por la puerta o puede salir y cerrar la puerta detrás de usted.

·  Tiene el derecho de guardar silencio. Usted no necesita hablar con los agentes de inmigración o responder a las preguntas que le hagan.

· Si le preguntan dónde nació o cómo entró a los Estados Unidos, usted puede negarse a contestar o puede guardar silencio.

· Si usted decide guardar silencio, dígaselo en voz alta a los agentes.

· Usted puede negarse a presentar documentos de identidad que indican su país de origen.

·  No presente ningún documento falso y no mienta.

· Tiene el derecho de hablar con un abogado. Si lo detienen o lo toman en custodia, usted tiene el derecho de contactar a un abogado inmediatamente.

· Aunque no tenga abogado, usted les puede decir a los agentes de inmigración que desea hablar con un abogado.

· Si usted tiene un abogado, tiene el derecho de consultar con él/ella. Si tiene un Formulario G-28 firmado, lo cual demuestra que usted tiene abogado, entrégueselo al agente.

· Si usted no tiene abogado, pida una lista de abogados sin costo (“pro bono”) al oficial de inmigración. RTecuerde que en Univision Noticias tenemos una herramienta que le permite ubicar a un abogado.

· Usted también tiene el derecho de llamar a su consulado. El consulado podrá asistirle en localizar a un abogado.

· Usted puede negarse a firmar cualquier documento hasta que haya tenido la oportunidad de consultar con un abogado.

· Si usted elige firmar algo sin consultar con un abogado, asegúrese de que entiende exactamente lo que el documento dice y lo que significa antes de firmarlo.


137 Views 0 Ratings Rate it

Written by Abelina Tavera